• 21 de mayo de 2025 07:46

Registrar reservas es «extremadamente invasivo» y viola la Directiva Europea

Mar 16, 2023

Para el experto, ya que el registro que entró en vigor el pasado mes de enero contiene «Propósito vago y poco claro y puede ser demasiado extenso para la recopilación de datos «, que también deben conservarse durante un máximo de 3 años. Sin embargo, «podría considerarse desproporcionado y potencialmente altamente ilegal», particularmente en relación con menores de 14 años. .

Así, “aunque el Real Decreto indica en su exposición de motivos que la finalidad de la recogida de dichos datos es mejorar la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada, el artículo 7.1 del Decreto parece indicar que estos datos Sirven para un propósito mucho más amplio.Chantoen afirmó: “Ya se han levantado voces del sector en contra de esta disposición interna, al igual que la patronal ACAVE, vinculada a ECTAA.

“A menos que se derogue severamente la obligación de restricción de datos y menores, este decreto no debe mantenerse”.

El artículo 7.1 del mismo establece que «los datos generados en este Real Decreto serán conservados por el Ministro de Estado para Asuntos de Seguridad. Su tratamiento sólo podrá ser realizado por las fuerzas y cuerpos de seguridad». en el ejercicio de sus respectivas atribuciones En materia de prevención, detección e investigación de los delitos que les conciernen” en cada caso.

Esto puede significar que los datos generados están siendo utilizados por fuerzas y organismos de seguridad. Para fines distintos de la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado. Si se aplica a los delitos más comunes, la proporcionalidad del decreto también podría ser cuestionada, dijo el experto legal de la ECTAA.Por otro lado, el manejo de datos personales ha causado problemas anteriormente a las empresas turísticas.

artículos ofensivos

La Asociación de Agencias de Viajes Europeas, que ha enviado «numerosas» cartas a la Comisión Europea solicitando aclaraciones al respecto, Ninguna respuesta todaviaafirma que el Registro de Custodia español vulnera el artículo 1 2.a): “2. De conformidad con la presente Directiva, los Estados miembros: 1 protegen los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas y, en particular, su derecho a la protección de datos personales y agrega que:

“Es probable que la recopilación desproporcionada de Datos del Viajero dé lugar a un incumplimiento de esta cláusula porque no protege su derecho a proteger los datos personales”.

Además, la ECTAA también se refiere a los párrafos b), c) y e) del artículo 4: “1.Los Estados miembros dispondrán que los datos personales: 2 se recopilen para fines específicos, expresos y legítimos y no se procesende manera incompatible con esos fines; 3 sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con los fines para los que se traten, 5 se conserven de forma que permitan la identificación de los interesados ​​durante un plazo no superior al necesario para los fines para los que se traten.”

Además, Benoît Chantoine añadió que “la finalidad prevista en el artículo 7-1 del Real Decreto me parece muy impreciso y de tan amplio alcance que no puede considerarse expresa según lo dispuesto en la Sección (b) de la misma resolución del Ministerio del Interior. Y también que “la diversidad y amplitud de los datos recabados, aplicables incluso a menores, es manifiestamente excesiva en relación con la vaga finalidad prevista en el artículo 7.1” del Real Decreto, y por tanto vulnera el artículo 4.1.c)” de la Directiva 2016. /680.

El director de Asuntos Jurídicos y Consumo ha precisado que «el real decreto español claramente no respeta el principio de reducción de datos»

Ante la pregunta de si existen precedentes de registros similares en Europa, el experto señaló que “no es de esta magnitud y no cubre el sector de alquiler de coches y hoteles”. De hecho, otros estados miembros de la UE tienen planes Para recopilar datos turísticosincluidos Francia y Bélgica, pero generalmente asociados con el transporte aéreo y el uso de PNR (Passenger Name Record), que está regulado por su propia legislación.

Duplicidad excesiva

Esta legislación exigía que los datos del PNR fueran transmitidos por intermediarios, lo que «sería oneroso debido a la duplicación innecesaria de la recopilación de datos». Pero eso cubría datos ya compartidos por las aerolíneas. En el caso español, “esta agregación sería una repetición del mismo trabajo aplicado a intermediarios como turoperadores y plataformas, en nuestra opinión, Totalmente fuera de proporción y puede violar el indicador LED” (Directiva de aplicación de la ley).

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Por supuesto, para Shantouin, recopilar dichos datos «requerirá información de los viajeros sobre qué datos comparten y pueden hacerlo». afectar sus hábitos de compra. Los turistas cuestionarán la necesidad de recopilar tantos datos, especialmente si hay niños involucrados… Mostrarles que estamos recopilando los datos personales de su hijo de 3 años para luchar contra el terrorismo puede no ser bien recibido», dijo un portavoz de ECTAA. .