El martes 27 de diciembre, el Consejo de Ministros dio luz verde para prorrogar el congelamiento contable durante los años 2022, 2023 y 2024.
Tal y como se explica en la referencia del gabinete colgada en la web de Moncloa»Se prorrogó la moratoria contable durante los años 2022, 2023 y 2024Es decir, no considerar las pérdidas sufridas en los años 2020 y 2021 como causa de resolución de las pérdidas previstas en la Ley de Sociedades Financieras, con el objeto de Permitir que las empresas viables dispongan de un plazo suficiente y definitivo para normalizar sus posiciones«.
La noticia ya la presentó el Vicepresidente y Ministro de Economía, nadia calvinoel 16 de diciembre, según recoge Hosteltur.
Como explicó Nadia Calvino,Lo vamos a extender hasta 2023 y 2024 para dar más tiempo a todos los negocios viables y solventes. para reequilibrar sus balances”.
El vicepresidente agregó que las empresas del sector turístico fueron las más afectadas por la pandemia y que sus presupuestos “todavía están desequilibrados. No es lógico forzar la quiebra de empresas acomodadascomo el transporte aéreo o el sector turístico, que son los dos más desarrollados”.

Consejo de Ministros del 27 de diciembre de 2022. Foto: Paul Moncloa/Fernando Calvo.
Una norma contable pendiente durante una pandemia
Durante semanas, jefes director ejecutivoel junta de turismoel Federación de Agencias de Viajes Españolas y el Consejo General de Economistas de España Y habían advertido que miles de empresas del sector turístico -desde agencias de viajes hasta aerolíneas que siguen sufriendo grandes pérdidas en 2020 y 2021 a causa de la epidemia- pueden enfrentarse a una solución durante el primer trimestre de 2023 debido a Una norma contable en España, única en Europa por su dureza.
Benchmark Said lo establece La sociedad de capital se disolverá” por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital socialsalvo que se aumente o se reduzca en medida suficiente, y siempre que no convenga pedir la declaración de quiebra.”
En otras palabras, los accionistas de las empresas que han sufrido tales pérdidas deben inyectar más capital, ya sea de su propio bolsillo o de otros, de lo contrario la empresa se encuentra en estado de disolución.
De hecho, cuando se declaró la pandemia en 2020, el Gobierno de España ya acordó por primera vez suspender la referida regla para ese ejercicio contable, prorrogándola hasta 2021. De esta forma, el mecanismo de la causa de decaimiento por pérdidas , teniendo en cuenta las excepciones surgidas durante la pandemia.