Primer Vicepresidente de la CEAV, José Manuel Lastra. Gerente del Área Jurídica, Anna BarluengaSe reunieron con los representantes españoles en el Consejo de la Unión Europea para trasladarles directamente la posición de la CEAV en el proceso de revisión de la Directiva de Viajes en Grupo.
La reunión llega en un momento crucial. Una vez aprobada por el Consejo a finales de 2024 la primera propuesta de revisión de la citada Directiva, y una vez aprobada en primera lectura en septiembre la versión propuesta por el Parlamento Europeo, El Consejo está revisando actualmente el texto para revisar la Guía de Viajes en Grupo. Tanto el Consejo como el Parlamento Europeo están entrando en la fase de negociación para intentar alcanzar un consenso sobre la versión final del texto lo antes posible.
Las agencias vuelven a presionar en Europa para que no haya obligaciones desproporcionadas en los cambios en las directivas sobre viajes en grupo. Fuente: Hosteltor.
Enmiendas de la agencia a la guía de viajes revisada
En la reunión, CEAV volvió a expresar sus principales reivindicaciones para defender los intereses de las agencias de viajes españolas, entre las que se encuentran las siguientes:
- Enmiendas a hacer Nuevas definiciones de viajes conjuntos para una mayor seguridad jurídica.
- ¿Qué sabes? Eliminar la nueva definición de circunstancias excepcionales y las condiciones inevitables propuestas por el Parlamento Europeo, que pretenden incluir una lista no exhaustiva de casos en los que se considera que se han producido tales circunstancias. La CEAV entiende que dicha lista sólo debe aparecer en consideraciones como directrices no vinculantes, de modo que cada situación debe interpretarse caso por caso.
- Que se derogue cualquier regulación del texto de la directiva Restricción de pago anticipados, salvo la sugerencia del Parlamento de que los Estados miembros puedan establecerlos a su discreción. La CEAV reconoce que si se hace esto se generará distorsión y fragmentación a nivel de mercado y competencia.
- Eliminar la posibilidad de que los viajeros puedan rescindir el contrato de viaje integral mediante asistencia Circunstancias excepcionales e inevitables en el lugar de salida del vuelo.. La CEAV reconoce que, de aprobarse, esta prórroga generaría cargas desproporcionadas y gravosas para los operadores turísticos.
- Que será más flexible la obligación de los organizadores de realizar el pago en un plazo máximo de 14 días, en caso de resolución del contrato por parte del viajero por concurrir circunstancias inusuales e inevitables en el destino o en las inmediaciones que afecten al vuelo o transporte hasta el destino, tratándose de aquellas cantidades que aún no hayan sido abonadas por los proveedores.
