• 3 de septiembre de 2026 00:32

El Tribunal de Amsterdam abre un nuevo capítulo

Mar 6, 2026

Booking.com está satisfecho con la decisión

Se considera OTA. Decisión del Tribunal de Distrito de Ámsterdam «favorable».y asegurar que están «satisfechos con la decisión, que respalda nuestros principales argumentos. Aunque este caso lleva más de cinco años en curso, el tribunal confirmó que Los hoteles aún no han podido manifestarse. Incluido en los términos de equivalencia anteriores de Booking.com Competencia restringida«.

Además, están “satisfechos con lo expresado por el tribunal Preocupaciones por la definición del mercado Una ley muy limitada que se había aplicado anteriormente en Alemania y que se consideró no tener en cuenta Posibilidad de sustituir otros canales de venta.tal y como exige la sentencia de 2024 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Concluyen diciendo que «si los hoteles no demuestran que los términos de paridad anteriores de Booking.com restringen la competencia», No cabe duda de que se ha causado algún daño.«.

Para la CCS se trata de una “decisión procesal”.

De tu lado Jaime ConcheroSocio Director CCS Abujadosque lideran la demanda colectiva patrocinada por CEHAT (Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos), aseveraron que “después El revés que sufrieron en AlemaniaAhora el tribunal holandés ha emitido un… Decisión de acción Lo que indica que ya estás en condiciones de solucionar algunos asuntos, y que necesitas ayuda para otros. Más información«.

La Corte ya ha explicado, según detalló, que “ Las condiciones de equivalencia no están sujetas a restricciones. (Restricciones auxiliares), porque si así fuera no habría habido violación Derecho de la competenciaporque su uso está permitido reglamentariamente”. Asimismo, “corrige su opinión anterior de que parte de la demanda podría haber prescrito y no podría ser ejercida. Ahora piensa en eso No habrá tal prescripción«.

Además, añadió Konshiro, “se necesitan más datos para poder hacer esto”. Identificar el mercado relevante afectado Y poder ver Cuota de mercado de reserva En él, porque puede haber infracción del art. 101,3 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) «Debe ser superior al 30%».

Cual Cuantificación del mercado afectado Depende de si se tienen en cuenta sólo las agencias de viajes online, en cuyo caso la cuota de reservas superará ampliamente este porcentaje, o si también se añaden las webs de hoteles, porque caerá por debajo del 30% y No habrá violación de la ley de competencia.Esto es “lo que defiende Booking”.

El próximo capítulo de Hoteles contra las reservas en Europa: diferentes perspectivas

El caso Booking en Europa añade un nuevo vínculo judicial en Amsterdam. Imagen creada mediante inteligencia artificial. Fuente: Adobe Stock.

La cuestión es que, como explicó CCS Managing Partner Abogados, “hasta el momento ningún tribunal, autoridad de competencia de otros países o la propia Comisión Europea, cuando han analizado este mercado en otros casos muy relevantes, han considerado que tienen que hacerlo”. Incluye sitios web de hoteles.«.

“Dado que el Tribunal de Justicia Europeo, en su sentencia de septiembre de 2024, consideró que se trata de una cuestión que debe analizar el juez nacional que conoce del caso, el tribunal holandés dice ahora que no puede simplemente seguir los estándares de Alemania y el resto de órganos ya mencionados, así lo explicó Conchero en este sentido. Solicita información adicional para tener en cuenta el mercado relevante«.

También solicitó que los partidos contribuyan Mayor nivel de evidencia de dañosLo cual “hasta ahora se ha implementado de manera indicativa y con base en decisiones de otras jurisdicciones, autoridades de competencia e informes periciales muy preliminares”.

Sin embargo, en CCS creen que “el asunto es demasiado complejo para el tribunal holandés, tanto en relación con Definir el mercado relevante Tan probable como eso fue dañose desviará de las normas de esos otros organismos. Creemos que quiere dar la impresión de que no se limitará a copiar y pegar lo que han decidido las autoridades y los tribunales de otros países, aunque No tiene margen para dejar de seguir la misma línea«.

Por todo ello, Jaime Cochero concluyó que «el tribunal holandés exige a las partes que proporcionen más datos para confirmar los estándares de la justicia alemana. No hay nada de qué preocuparse, ya que sólo retrasará el proceso unos cuatro meses».

Claves legales relacionadas con Eskariam

Ante este escenario, desde ascariam Considere estos «relevantes». Claves legales Para poner la decisión en contexto para que los hoteles puedan recibir un mensaje claro sobre su alcance:

  1. La decisión se limita a un caso concreto en Alemania.
    La decisión del Tribunal de Distrito de Amsterdam se refiere exclusivamente a las reconvenciones presentadas por un grupo de hoteles alemanes en ese caso concreto. No es una declaración final. Sobre la legalidad de las condiciones de equivalencia o la posibilidad de perjuicio resultante de su aplicación.
  2. El quid del caso sigue siendo la evidencia.
    El Tribunal observa que los hoteles, en esta acción en particular, no demostraron suficientemente que las cláusulas de paridad restringieran la competencia. Este tipo de reclamo depende en gran medida de Análisis económico sólido y evidencia pericial. Lo que permite mostrar el impacto competitivo y los daños causados.
  3. Refuerza la importancia del análisis económico y el contexto nacional
    El debate suscitado por el Tribunal sobre la definición del mercado relevante muestra que estos casos requieren una Análisis detallado del desempeño competitivo de cada mercado.. La valoración jurídica de estas prácticas está estrechamente ligada al contexto económico específico de cada país.

Escariam quiere subrayar que “las reclamaciones de los hoteles españoles seguirán su propio camino judicial de acuerdo con el marco legal y competitivo del mercado español”.

Su director ejecutivo, David FernándezDestacó que “esta decisión resalta la importancia de construir este tipo de litigios desde un punto de partida Exactitud jurídica y probatoria. En materia de competencia, no basta con identificar una práctica potencialmente anticompetitiva, sino que es necesario probarla Análisis económico sólido y evidencia pericial rigurosa¿Cómo afectó esta práctica al funcionamiento del mercado y condujo a Daño compensable«.